junio 2016

20junio2016

Proveedores de Servicios Energéticos – EA 0055:2016

La Especificación Aenor (EA 0055:2016 ) sobre la clasificación de Proveedores de Servicios Energéticos (PSE) establece los requisitos que deben tener los mismos para ser clasificado en la categoría correspondiente y atendiendo a las actuaciones que el mismo realice dentro de su actividad empresarial.

Según la  citada clasificación el PSE de Auditoría y Consultoría Energética debe acreditar, aparte del cumplimiento de los requisitos generales, experiencia en la prestación de dichos servicios.

SAV-ENERGIA cumple con todos los requisitos establecidos en el RD 56/2016 para ser considerado como Proveedor de Servicios Energéticos. Así pues, y según la EA 0055:2016 , SAV-ENERGÍA queda englobado actualmente en la categoría 2 dentro de la sección PSE de Auditoría y Consultoría Energética.

Consulte AQUÍ la información acerca de la  EA 0055.

Auditoría Energética Real Decreto 56/2016

Proveedores de Servicios Energéticos